lunes, 27 de mayo de 2013

UNIDAD 7: ASPECTOS FINANCIEROS




     La contabilidad de las empresas de seguros y reaseguros se deberá llevar agrupando las cuentas según el código e instrucciones que para cada tipo de actividad establezca la superintendencia de seguros. Si la Superintendencia de seguros observa que los estados financieros remitidos por las empresas no se ajustan a los respectivos códigos e instrucciones, ordenara las modificaciones del caso y fijara el lapso para q sean presentados nuevamente
     Los balances y estados de resultados de las empresas de seguros y reaseguros, deberán ser publicados dentro de los quince (15) días siguientes a su aprobación en un diario de los de mayor circulación en la localidad. Cabe destacar que las empresas de seguros y reaseguros no podrán publicar balances, ni estados demostrativos de resultados sin que esta haya sido autorizada por la superintendencia de seguros.
     Es importante mencionar que las empresas de seguros, los corredores de seguros , las sociedades de corretajes de seguros y de reaseguros, deberán cortar sus cuentas al 31 de diciembre de cada año y presentar antes la superintendencia de seguros el balance, el estado de resultado y los anexos contables dentro de los noventas(90) días siguiente a la fecha del cierre de su ejercicio económico.
Cuando en los balances y estados de resultados presentados por las empresas de seguros y reaseguros existiera alguna irregularidad según los criterios de la Superintendencia  de Seguros, esta ordenara su publicación en un diario de mayor circulación indicando que tales estados no han sido aprobados por la Superintendencia y de que se ha ordenado una auditoria por contadores públicos; en dado caso que la empresa no contratare la auditoria dentro de los 30 días siguientes a la publicación, la Superintendencia de seguros la sancionara con multas.
Cabe destacar que la superintendencia  de seguros asigna códigos para cada tipo de actividades que serán reflejadas en la contabilidad:

En los Egresos:                                                               
301 Operaciones de seguros de personas                     
02  Siniestros pagados                                                         
04 comisiones y gastos de adquision                                  
321 Operaciones de seguros generales                          
01 Siniestros pagados                                                            
02 Devolución de primas                                                       
341 Operaciones de reaseguros aceptados                     
01 Prestaciones y siniestros pagados                                 
02 Egresos Financieros                                                          
381 Gestión general de la empresa   

 En los ingresos:
501 Operaciones de seguros de personas
01 Primas del ejercicio
05 Reservas del ejercicio
521 Operaciones de seguros generales
01 Primas cobradas
02 Siniestros pagados por reaseguradores
541 Operaciones de reaseguros aceptados
01 Primas aceptadas seguros de personas
02 Prestaciones y siniestros pagados por retrocesionarios      
581 Gestión general de la empresa

viernes, 17 de mayo de 2013

UNIDAD 6: SEGURO SOLIDARIO - SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EMPRESARIAL Y PATRONAL.



Seguros solidarios: el 20 de marzo del 2012 entraron en vigencia las pólizas de seguros solidarios en Venezuela implementado por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, la misma nació con el objetivo de elevar la calidad de vida de la población. este seguro esta destinado a cubrir a las siguientes personas:
-        Jubilados.                                -  Pensionados.                       
-        Adultos Mayores (personas con edad igual o mayor a 60 años.
-        Personas con discapacidad, Enfermedades Físicas o Mentales
-        Personas cuyos ingresos mensuales no superen las 25 unidades tributarias.

Se destacas que las primas de esta póliza se podrán pagar de forma mensual, trimestral, semestral o anual; además los plazos de espera para el derecho a cobertura de la póliza son de un mínimo de cuatro meses y un máximo de once. Salvo por accidentes o emergencias médicas, que no aplica espera alguna.
Es importante mencionar que todas las empresas aseguradoras deben  emitir un porcentaje para este  tipo de póliza los cuales se desglosan de las siguientes maneras: Salud 60%, Accidentes personales 10%, funerarios 10%.

Seguro de responsabilidad civil empresarial: este seguro garantiza el reintegro del pago de la indemnización monetaria otorgada a alguno de los empleados con motivo de accidentes de trabajo o enfermedades ocurridas durante la ejecución de su oficio, haya existido o no negligencia de ambas partes; en virtud a lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condición y Medio Ambiente de trabajo, hasta por la suma asegurada indicada como limite en el cuadro de póliza.
Coberturas
-        Coberturas básicas: riesgo de muertes. Incapacidad absoluta y permanente, incapacidad absoluta y temporal;
Coberturas opcionales: enfermedades o accidentes profesionales, resultantes de su negligencia como patrono o empleador. También el asegurador cubre gastos de asistencia legal y defensa penal en los que el tomador, o el asegurado, incurra durante el juicio que se le siga por tal causa.

UNIDAD 5: SEGURO DE VEHICULOS - SEGURO AGRICOLA Y PECUARIO



Seguro de vehículos: contrato mediante el pago de una prima, el asegurador se compromete a indemnizar por la pérdida parcial o total que experimente el vehículo asegurado. Cabe destacar que las primas del seguro de casco de vehículo, son calculadas tomando en consideración el valor, el uso a que se destina el vehículo y el tipo de cobertura que se contrata.
Condiciones de la Póliza: el pago de la prima se efectúa de forma anual y por anticipado al inicio del contrato; En este tipo de póliza pueden asegurarse a nivel individual, como flota de vehículos, la media de la flota de vehículos son de 20 destinados a un mismo uso, de características similares, y de un mismo propietario, aunque pueden ser vehículos que pertenezcan a asociaciones civiles, de transportistas de pasajeros o de carga, los cuales pueden ser asegurados como flota. La póliza puede ser anulada en caso de que el tomador haga declaraciones falsa, ya que se estaría violando el principio de buena fe.
Coberturas básicas y opcionales:
-         cobertura básica: cubre solo la pérdida total del vehículo.
-         cobertura  opcional: se extiende tanto las pérdidas totales, como parciales los vehículos y sus accesorios. Se entiende como perdida total, cuando el vehículo ha sido robado o cuando las reparaciones que tenga que hacerse representen el 75 % o más del valor asegurado del vehículo, incluyendo sus accesorios. En los casos de pago de prima adicional puede cubrir riesgos de cobertura de pérdidas parciales por motín o disturbios callejeros los cuales serán indemnizados por el asegurador.
Seguros de responsabilidad civil de vehículos: contrato donde el tomador paga una prima al asegurador, y  emita póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos, de acuerdo con lo dispuesto por la legislación que regule el transito y transporte terrestre, su reglamento y su resoluciones, donde el asegurador se compromete a indemnizar   al (los) tercero (s)  en los términos establecidos en la póliza, por los daños a personas o cosas que se le hayan causado y por los cuales deba responder el asegurado o el conductor   con motivo de la circulación del vehículo asegurado dentro del territorio nacional.
Condiciones de la Póliza:
            El pago de la prima se debe realizar desde el momento de la firma del contrato de seguro o de la fecha de su exigibilidad de la prima, el no realizar el pago, la empresa aseguradora podrá resolver el contrato de seguro o exigir el pago de la prima. Cabe destacar que esta póliza tendrá una duración de un año, contado a partir de la fecha de iniciación de su vigencia y no podrá terminarse anticipadamente.
Coberturas básicas y opcionales:
            Estará en función de la tarifa y con la unidad tributaria vigente en el momento de la emisión, muerte accidental, invalidez permanente, invalidez total y permanente, invalidez parcial y permanente, muerte accidental o invalidez total permanente conjunta, gastos médicos, gastos de entierro.
Exclusiones:
-        Daños sufridos por los ocupantes y las cosas transportadas, cargándolas y descargándolas en el vehículo asegurado.
-        Terremoto, maremoto, o erupciones volcánica, fusión nuclear, radiaciones, guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélica, insubordinación militar, levantamiento militar, insurrección, nacionalización, confiscación, comiso, incautación, requisa, embargo, expropiación.
Seguros Agrícola y Pecuario: contrato de seguro que se paga mediante la prima, un productor agropecuario con el objeto de precaver los peligros a que está expuesta la producción por el monto de la inversión realizada.
Condiciones de la póliza:
            Este tipo de póliza se paga de manera total al momento de contratar  el periodo de vigencia que tendrá. Está cubrirá el riesgo por el monto de la inversión o suma asegurada, en caso de haber sido comprobado el siniestro.

domingo, 28 de abril de 2013

UNIDAD 4: SEGURO DE SUSTRACCION ILEGITIMA – SEGURO DE FIANZAS – SEGUROS DE RAMOS TECNICOS DE INGIENERIA



Seguro de Sustracción Ilegitima: Es aquel  mediante el cual el asegurador se obliga, a indemnizar los daños causados por terceros. Cabe destacar que este seguro es aplicable a Comercios, Industrias, Riesgos Residenciales e Institucionales, con o sin fines de lucro.
* La prima se paga al momento de generarse la póliza.
Exclusiones:
Cuando hubiese negligencia manifiesta del tomador, asegurado, beneficiario o de las personas que de ellos dependan o con ellos convivan.
Condición de póliza: este cubre la pérdida que pueda experimentar el asegurado debido a daños causados por un tercero en la comisión del delito de robo o hurto a los bienes asegurado s.
Coberturas
-       Básica: robo
-       Opcional: asalto o  atraco, hurto y desastre.
Limitaciones: no estará obligado a pagar en caso de la perdidas o daños que sufran los bienes asegurados , si estos provienen de vicios propios o intrínsecos de los mismos, y los daños causados por siniestros derivados de hechos o actos de guerra.
Seguro de Fianzas: contrato mediante el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar una suma de dinero en caso que el deudor con cumpla con lo pautado o si éste no lo hace; su objeto asegurar el cumplimiento de una obligación mercantil. Dentro de este seguro encontramos tres elementos   fundamentales:

      Fiador: Se obliga frente el acreedor a cumplir la obligación del deudor si éste no cumple o no lo hace.
      Acreedor: Titular del crédito que se garantiza.
      Deudor: Persona contra quien se tiene el crédito y cuyo favor se otorga la fianza.

Diferencia entre Fianza y Garantía Financiera:
 El contrato de fianza " es aquel por el cual una persona llamada fiador se obliga frente al acreedor de otra, a cumplir la obligación de ésta si el deudor no la satisface; mientras que la Garantía financiera: son aquellas operaciones por las cuales una empresa de seguros afianza o avala el cumplimiento de obligaciones de pagar cantidades de dinero a plazo fijo.
Tipos de fianzas:

Fianza de Licitación
Fianza de Fiel Cumplimiento
Fianza de Anticipo
Fianza de Debida Ejecución y Buena Calidad.

Seguros de Ramos Técnicos de Ingeniera: Los riesgos del ramo técnico de ingeniería pueden ser amparados por Cuatro clases de pólizas, a saber: pólizas de contratista, de seguro electrónico, de montaje y póliza de rotura de maquinaria.

Seguros de Contratista.
Seguros de Equipo Electrónico.
Seguros de Montaje.
Seguros de rotura de maquinaria.

sábado, 13 de abril de 2013

UNIDAD III SEGURO PERSONA - SEGURO INCENDIO - SEGURO TRANSPORTE

Seguro de Personas: El seguro de persona no es más que el seguro que cubre los riesgos que afectan a las personas tales como integridad corporal, muerte entre otros. Cabe destacar que en caso del fallecimiento del asegurado, sus beneficiarios o herederos universales acceden a una indemnización  la cual será pagada en una única vez o a modo de renta financiera.

Se desglosa de las siguientes maneras:

-       Seguro de vida: esta encargado de  garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo, este seguro pueden clasificarse de acuerdo a su duración (temporarios o de vida entera), su tipo de prima (a prima nivelada, donde el pago es constante, y a prima de riesgo, donde aumenta de acuerdo a la edad del asegurado) o la cantidad de asegurados que cubre la póliza (seguros individuales, colectivos o de varias cabezas).
-       Prevención Social.
-       Accidentes personales.
-       HMC
-       Seguro social, sector publico,
-       Seguro privado.

Coberturas:
-       Básicas: Fallecimiento, Pago del capital contratado en caso de fallecimiento del asegurado
-       Opcionales: Muerte por accidente, Invalidez absoluta y permanente, Graves enfermedades
Seguros de incendios: Es aquel que  Cubre los daños o pérdidas que el fuego puede ocasionar a los bienes que son  materia del seguro, como edificios, industrias, mercaderías y cualquier otro elemento del activo fijo y patrimonio del Asegurado.

Coberturas
-       Básicas: Explosión, impacto cohetes, avión rayos y el fuego.
-        Opcionales: motines, inundación, danos por aguas, terremotos, temblor.
Determinaciones: edificación, mobiliario y/o equipos
Regulaciones: primer riesgo, primera pérdida.
Seguros de transporte: Cubre las pérdidas o daños de las mercaderías, valores u objetos transportados sea por vía marítima, aérea o fluvial.

Se divide en:
-       Seguros de transporte Terrestre.
-       Seguros de transporte Marítimo.
-       Seguros de transporte Aéreo.
-       Seguros de transporte Fluvial.
Coberturas:
-       Básicas: Choque, vuelco, desbarrancamiento, derrumbe, caída de árboles o postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, alud, aluvión.
Opcionales Robo, Hurto simple, Carga y descarga, Falta de entrega o extravío, Huelga, motín, conmoción civil y daños maliciosos, Deterioró de bienes refrigerados.