Seguro de
vehículos: contrato mediante el pago de una
prima, el asegurador se compromete a indemnizar por la pérdida parcial o total
que experimente el vehículo asegurado. Cabe destacar que las primas del seguro
de casco de vehículo, son calculadas tomando en consideración el valor, el uso
a que se destina el vehículo y el tipo de cobertura que se contrata.
Condiciones de la Póliza: el pago de la prima se efectúa de
forma anual y por anticipado al inicio del contrato; En este tipo de póliza
pueden asegurarse a nivel individual, como flota de vehículos, la media de la
flota de vehículos son de 20 destinados a un mismo uso, de características
similares, y de un mismo propietario, aunque pueden ser vehículos que
pertenezcan a asociaciones civiles, de transportistas de pasajeros o de carga,
los cuales pueden ser asegurados como flota. La póliza puede ser anulada en
caso de que el tomador haga declaraciones falsa, ya que se estaría violando el
principio de buena fe.
Coberturas básicas y opcionales:
-
cobertura básica: cubre solo la
pérdida total del vehículo.
-
cobertura opcional: se extiende tanto las pérdidas
totales, como parciales los vehículos y sus accesorios. Se entiende como
perdida total, cuando el vehículo ha sido robado o cuando las reparaciones que
tenga que hacerse representen el 75 % o más del valor asegurado del vehículo,
incluyendo sus accesorios. En los casos de pago de prima adicional puede cubrir
riesgos de cobertura de pérdidas parciales por motín o disturbios callejeros
los cuales serán indemnizados por el asegurador.
Seguros de
responsabilidad civil de vehículos: contrato donde el tomador paga una prima al
asegurador, y emita póliza de Seguro de
Responsabilidad Civil de Vehículos, de acuerdo con lo dispuesto por la
legislación que regule el transito y transporte terrestre, su reglamento y su
resoluciones, donde el asegurador se compromete a indemnizar al (los) tercero (s) en los términos establecidos en la póliza,
por los daños a personas o cosas que se le hayan causado y por los cuales deba
responder el asegurado o el conductor
con motivo de la circulación del vehículo asegurado dentro del
territorio nacional.
Condiciones de la Póliza:
El pago de la prima se
debe realizar desde el momento de la firma del contrato de seguro o de la fecha
de su exigibilidad de la prima, el no realizar el pago, la empresa aseguradora
podrá resolver el contrato de seguro o exigir el pago de la prima. Cabe
destacar que esta póliza tendrá una duración de un año, contado a partir de la
fecha de iniciación de su vigencia y no podrá terminarse anticipadamente.
Coberturas básicas y opcionales:
Estará en función de la
tarifa y con la unidad tributaria vigente en el momento de la emisión, muerte
accidental, invalidez permanente, invalidez total y permanente, invalidez
parcial y permanente, muerte accidental o invalidez total permanente conjunta,
gastos médicos, gastos de entierro.
Exclusiones:
-
Daños sufridos por los ocupantes y las cosas transportadas, cargándolas y
descargándolas en el vehículo asegurado.
-
Terremoto, maremoto, o erupciones volcánica, fusión nuclear, radiaciones,
guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones
bélica, insubordinación militar, levantamiento militar, insurrección,
nacionalización, confiscación, comiso, incautación, requisa, embargo,
expropiación.
Seguros Agrícola y
Pecuario:
contrato de seguro que se paga mediante la prima, un productor agropecuario con
el objeto de precaver los peligros a que está expuesta la producción por el
monto de la inversión realizada.
Condiciones de la póliza:
Este tipo de póliza se
paga de manera total al momento de contratar
el periodo de vigencia que tendrá. Está cubrirá el riesgo por el monto
de la inversión o suma asegurada, en caso de haber sido comprobado el
siniestro.
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