Seguro
de Sustracción Ilegitima: Es
aquel mediante el cual el asegurador se
obliga, a indemnizar los daños causados por terceros. Cabe destacar que este
seguro es aplicable a Comercios,
Industrias, Riesgos Residenciales e Institucionales, con o sin fines de lucro.
* La
prima se paga al momento de generarse la póliza.
Exclusiones:
Cuando hubiese negligencia manifiesta del tomador, asegurado, beneficiario o de las personas que de ellos dependan o con ellos convivan.
Cuando hubiese negligencia manifiesta del tomador, asegurado, beneficiario o de las personas que de ellos dependan o con ellos convivan.
Condición de póliza: este cubre la pérdida que pueda experimentar el
asegurado debido a daños causados por un tercero en la comisión del delito de
robo o hurto a los bienes asegurado s.
Coberturas
-
Básica:
robo
-
Opcional:
asalto o atraco, hurto y desastre.
Limitaciones: no
estará obligado a pagar en caso de la perdidas o daños que sufran los bienes
asegurados , si estos provienen de vicios propios o intrínsecos de los mismos,
y los daños causados por siniestros derivados de hechos o actos de guerra.
Seguro de Fianzas: contrato
mediante el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar una suma de
dinero en caso que el deudor con cumpla con lo pautado o si éste no lo hace; su
objeto asegurar el cumplimiento de una obligación mercantil. Dentro de este
seguro encontramos tres elementos fundamentales:
Fiador:
Se obliga frente el acreedor a cumplir la obligación del deudor si éste no
cumple o no lo hace.
Acreedor:
Titular del crédito que se garantiza.
Deudor:
Persona contra quien se tiene el crédito y cuyo favor se otorga la fianza.
Diferencia entre Fianza y Garantía
Financiera:
El contrato de
fianza " es aquel por el
cual una persona llamada fiador se obliga frente al acreedor de otra, a cumplir
la obligación de ésta si el deudor no la satisface; mientras que la Garantía financiera:
son aquellas operaciones por las cuales una empresa de
seguros afianza o avala el cumplimiento de obligaciones de pagar cantidades de
dinero a plazo fijo.
Tipos de fianzas:
Fianza de Licitación
Fianza de Fiel
Cumplimiento
Fianza de Anticipo
Fianza de Debida
Ejecución y Buena Calidad.
Seguros de Ramos Técnicos de
Ingeniera: Los riesgos del ramo técnico de ingeniería pueden
ser amparados por Cuatro clases de pólizas, a saber: pólizas de contratista, de
seguro electrónico, de montaje y póliza de rotura de maquinaria.
Seguros
de Contratista.
Seguros
de Equipo Electrónico.
Seguros
de Montaje.
Seguros de rotura de maquinaria.